Asociación de Fiscales Asociación de Fiscales
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Comunicado de la Asociación de Fiscales. Abril 2019.

Queridos compañeros asociados y no asociados:

El pasado día 2 de abril tuvo lugar una reunión de la Comisión Ejecutiva, en la que tratamos diferentes cuestiones tanto internas asociativas como del orden del día del Consejo Fiscal señalado para el día 3 de abril de 2019.

En este comunicado os damos cuenta de nuestra postura respecto de los puntos que han conformado el orden del día del último pleno del Consejo Fiscal y otros temas de interés.

TEMAS PROPIOS DE LA ASOCIACIÓN.

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Nota informativa de la A.F. sobre permisos y vacaciones.

Queridos compañeros asociados y no asociados:

Como recordaréis, en el mes de noviembre remitimos un escrito a la FGE, a los efectos de recuperar los días de asuntos propios y vacaciones, en el mismo sentido que se habían pronunciado para el resto de la Administración Pública.

Nuestra iniciativa, y porque no decirlo, insistencia, ha motivado que la Inspección Fiscal incoase un Expediente, ante el informe remitido y la solicitud de respuesta por la AF.

Hemos conocido que se ha sometido a la consideración de los vocales electivos una propuesta de la FGE que acoge la petición de la AF en cuanto al reconocimiento expreso solicitado.

Debemos felicitarnos todos por este logro, y paso efectivo al reconocimiento de derechos profesionales. Seguro no será el último, y por ello la AF seguirá persistiendo en ello.

En Madrid, a 1 de abril 2019.

Comunicado de la Asociación de Fiscales. Marzo 2019.

Queridos compañeros asociados y no asociados:

El pasado día 12 de marzo tuvo lugar una reunión de la Comisión Ejecutiva, en la que tratamos diferentes cuestiones tanto internas asociativas como del orden del día del Consejo Fiscal señalado para el día 13 de marzo de 2019.

En este comunicado os damos cuenta de nuestra postura respecto de los puntos que han conformado el orden del día del último pleno del Consejo Fiscal.

TEMAS PROPIOS DE LA ASOCIACIÓN.

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Comunicado de los Vocales de la lista de la Asociación de Fiscales. Marzo 2019.

Queridos compañeros:

Los Vocales de la lista de la Asociación de Fiscales queremos informaros de las cuestiones más relevantes que fueron tratadas en el Pleno del Consejo Fiscal celebrado el pasado miércoles 13 de marzo.

1. ORDEN JUS/144/2019, DE 8 DE FEBRERO. COBERTURA DE PLAZAS DE NOMBRAMIENTO DISCRECIONAL (BOE, de 8 de febrero)

A este respecto, debemos mostrar nuestra perplejidad y estupefacción al ver, una vez más, a la Fiscal General del Estado apartarse del informe mayoritario del Consejo Fiscal para acoger al candidato votado única y exclusivamente por los cuatro Vocales de la lista de la UPF. Es lo que acaba de ocurrir con la plaza de Fiscal Superior de Canarias, para la que fue propuesto el Ilmo. Sr. D. Luis del Río Montesdeoca en detrimento de quien hasta ahora ha ocupado dicha responsabilidad, el Excmo. Sr. D. Vicente Garrido García, que contó con el apoyo de los cinco Vocales de la AF y de los dos miembros natos del Consejo Fiscal.

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Poder Constituyente. Por Álvaro Redondo Hermida.

Cuarenta años de vigencia de una norma legal constituyen un tiempo relevante que abraza dos generaciones, marcando profundamente la cultura política y social. Los que tuvimos la suerte de aprobar el actual texto constitucional en referéndum, con el entusiasmo propio de la juventud, sabemos que no se trató de un ejercicio habitual de la facultad de decidir. Elecciones hay muchas, iniciativas populares también. Sin embargo, nuestra historia no anda sobrada de plebiscitos. Nunca hasta entonces se había sometido un texto fundamental al veredicto del pueblo, y es posible que ello no vuelva a ocurrir en muchos años. El referéndum supuso un compromiso ciudadano, pues los españoles no sólo decidieron el modelo de gobierno que querían adoptar, sino que también asumieron el propósito de sostener la democracia.

La Constitución no fue puesta en vigor por el Parlamento, ni homologada por ninguna sentencia nacional o internacional. Ciertamente se aprobó en el parlamento y ha sido interpretada en innumerables resoluciones judiciales. Pero su naturaleza no depende de ello. La Constitución es el acto supremo del poder constituyente del pueblo español, titular único de la soberanía nacional, del que emanan todos los poderes y a cuya voluntad se sujetan todas las instituciones de España. Dicho poder no reside en los parlamentos autonómicos, por lo que ninguna mayoría legislativa de ámbito territorial puede atribuirse la facultad de alterar el texto constitucional. La Constitución deriva del acto soberano que convirtió en norma las aspiraciones de los ciudadanos, que quisieron realizar los valores que sostienen la nación.

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La A.F. solicita la inmediata aplicación a los Fiscales de la ampliación del permiso de paternidad a 5 semanas.

A LA EXCELENTÍSIMA SEÑORA FISCAL GENERAL DEL ESTADO

La Asociación de Fiscales, ante el conocimiento del Acuerdo adoptado por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial conforme al cual, y con base en el artículo 373.7 de la LOPJ que establece que; “Los jueces y magistrados dispondrán, al menos, de todos los derechos establecidos para los miembros de la Administración General del Estado y que supongan una mejora en materia de conciliación, permisos, licencias y cualquier otro derecho reconocido en dicho ámbito. El Consejo General del Poder Judicial tendrá la obligación de adaptar de manera inmediata, mediante acuerdo del Pleno, cualquier modificación que, cumpliendo esos requisitos, se produzca en dicho régimen. Todo ello, sin perjuicio e independientemente de las particularidades propias del estatuto profesional de jueces y magistrados, así como de la promoción de mejoras propias por los cauces correspondientes”, ha procedido a adaptar la LOPJ al contenido del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público ampliando para los Jueces y Magistrados el permiso por “nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de 4 semanas” previsto en el artículo 373.6 de la LOPJ a 5 semanas, solicitamos de la Fiscalía General del Estado que adopte todas las medidas que sean necesarias para que dicha ampliación del permiso de paternidad a 5 semanas sea inmediatamente aplicable a los Fiscales, así como, en su caso, inste del Ministerio de Justicia que lleve a cabo las acciones pertinentes para dicho propósito, máxime al tener conocimiento que se están denegando por sistema las 5 semanas de permiso de paternidad de todos los compañeros que han sido padres a partir del 1 de enero de 2.019 por parte del Ministerio de Justicia.

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