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Importante información sobre las retribuciones por maternidad.
NOTA INFORMATIVA. PRESTACIONES PÚBLICAS POR MATERNIDAD PERCIBIDAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
El 3 de octubre de 2018 el Tribunal Supremo ha dictado la sentencia 146212018, en la que fija la siguiente doctrina legal:
"Las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas".
La aplicación de esta doctrina puede dar lugar a diferentes situaciones:
1. Los contribuyentes que hubieran percibido estas prestaciones en los años 2014, 2015, 2016 y 2017 podrán solicitar la rectificación de la declaración de IRPF en la que hubiesen incluido tales rentas.