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Las cosas claras sobre la Orden Europea de Detención y Entrega. Por Carlos Bautista.
Carlos Bautista. Fiscal de la Audiencia Nacional y doctor en Derecho. |
El reconocimiento mutuo en la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) no implica una adhesión inquebrantable a los pedimentos de otro país, con voluntaria ceguera respecto de los problemas jurídicos que pudieran plantearse.
De una manera puramente ideal, el reconocimiento automático de las resoluciones judiciales sería la solución perfecta en la cooperación judicial en materia penal: la autoridad judicial del Estado de ejecución se limitaría a comprobar la existencia de una orden judicial de detención, su vigencia y la competencia de la autoridad emisora para dictarla.