- Published in Estudios/Análisis
Contestación de la Asociación de Fiscales a la consulta realizada por la Comisión Europea para el “Annual Rule of Law Report - stakeholder consultation” (Informe Anual sobre el Estado de Derecho).
Hace algunos meses se publicó en el periódico El País un artículo firmado por Fernando Irurzún que me hizo reflexionar sobre la eficacia dela orden europea de detención y entrega como instrumento necesario en la lucha contra la criminalidad. En este artículo concluía diciendo: “… La cooperación judicial entre los Estados de la Unión Europea, entre todos o algunos de ellos, seguirá avanzando salvo que la desconfianza y desunión, no solo en este ámbito, sigan creciendo…”.
La forma de comisión de delitos ha cambiado sustancialmente en los últimos años; los avances tecnológicos, las nuevas formas de comunicación o las mejoras en los medios de transporte son factores que nos mejoran la calidad de vida pero que, simultáneamente, son aprovechados por unos pocos para la comisión de infracciones criminales.
Carlos Bautista. Fiscal de la Audiencia Nacional y doctor en Derecho. |
El reconocimiento mutuo en la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) no implica una adhesión inquebrantable a los pedimentos de otro país, con voluntaria ceguera respecto de los problemas jurídicos que pudieran plantearse.
De una manera puramente ideal, el reconocimiento automático de las resoluciones judiciales sería la solución perfecta en la cooperación judicial en materia penal: la autoridad judicial del Estado de ejecución se limitaría a comprobar la existencia de una orden judicial de detención, su vigencia y la competencia de la autoridad emisora para dictarla.