Asociación de Fiscales Asociación de Fiscales

Febrero 2019

Comunicado sobre propuesta de distribución de productividad.

La Asociación de Fiscales elaboró en el mes de diciembre del año pasado una propuesta para que el pago de las retribuciones variables llegara a todos miembros de la Carrera Fiscal en diferentes tramos según la baremación alcanzada por los mismos. Esta propuesta fue presentada en la Fiscalía General del Estado para llegar a un consenso entre la Fiscalía y todas las asociaciones en esta materia y en principio tuvo una buena acogida aunque aun no se ha materializado en ningún acuerdo.

A día de hoy, y ante el anuncio por parte del Ministerio de Justicia de la existencia de una partida de siete millones de euros que estaba asignada a bienes y servicios en el capitulo II de los Presupuestos Generales del Estado y que el Ministerio de Hacienda ha autorizado se traslade al capitulo I que corresponde a personal, partida que el Ministerio pretende se distribuya entre los miembros de las carreras judicial y fiscal, destinándolo a las retribuciones variables y no de forma lineal, la Asociación se ha preocupado por el hecho de que la cantidad que resulte asignada a la carrera Fiscal pudiese solo beneficiar a parte de la carrera (vulgarmente que beneficie solo a los que cobran productividad), si, para su reparto y asignación, se siguen los criterios que, hasta ahora, se vienen aplicando por la Fiscalía General para el pago de las retribuciones variables.

Nota informativa de los Vocales del Consejo Fiscal por la Asociación de Fiscales.

El viernes a última  hora, los Consejeros recibimos un correo de la Inspección (que es la encargada de prestar asistencia al Consejo Fiscal) en el que se nos pedía informáramos, a la mayor brevedad y por requerirlo el Ministerio de Justicia, un proyecto de Real Decreto de modificación de la Ley 15/2003, de retribuciones de las Carreras Judicial y Fiscal. La finalidad, pactada con las asociaciones, no es sino destinar una cantidad de dinero (1.320.000 €) de que dispone el Ministerio de Justicia para mejorar las retribuciones de los compañeros que están clasificados en el grupo 5º, quienes menos cobran en la Carrera. El motivo de la urgencia es aprobar el decreto en el Consejo de Ministros del próximo viernes. A pesar de la cortedad del aumento salarial, y de que las reivindicaciones en la materia de las Asociaciones quedan pendientes, nos ha parecido adecuado apoyar el proyecto en beneficio de los compañeros del grupo 5º. El aumento salarial es de 66,79  € mensuales. Os adjuntamos el informe remitido el domingo:

El juicio tiene sus tiempos. Antonio Roma Valdés.

Durante estos meses estamos asistiendo a un juicio de enorme impacto mediático. Los medios de comunicación, las tertulias y las redes sociales se llenan de comentarios muchas veces vehementes. Pero no olvidemos que estamos ante un juicio con intervención de magistrados, fiscales y abogados, sin lugar a dudas todos ellos profesionales, y dirigido a unas personas cuyos derechos deben ser respetados y protegidos.

Cuando un procedimiento penal afecta a personas vinculadas con la política es frecuente que los involucrados asocien el acontecimiento con la actuación pública o consideren que hay un nuevo espacio para el desarrollo de esas funciones.

Nota informativa de la reunión con la Ministra de Justicia.

Asociaciones

Ayer por la tarde los representantes de APM, Juezas y Jueces para la Democracia, Foro Judicial Independiente, Asociación de Fiscales y Unión Progresista de Fiscales nos hemos reunido con la Ministra de Justicia, el Secretario de Estado de Justicia, el Secretario General de la Administración de Justicia, la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia y asesores ministeriales.

En cuanto a la situación política, la Ministra expuso que pretenden aprobar un Real Decreto para la prórroga de los presupuestos en el que se indicarán las prioridades al Ministerio de Hacienda. Hasta la fecha de disolución del Parlamento se celebrarán dos Consejos de Ministros, el viernes 22 de febrero y el viernes 1 de marzo. En consecuencia, hay margen para que el actual equipo ministerial pueda conseguir algunas mejoras para las carreras judicial y fiscal, razón por la cual las cinco asociaciones consideramos de utilidad acudir a la reunión.

Mecanismos de tutela legal de las víctimas de trata de seres humanos. Por Natividad Plasencia Domínguez.

I. INTRODUCCIÓN

La trata de seres humanos, que bien ha sido llamada «la nueva esclavitud del siglo XXI», constituye una forma de delincuencia que atenta contra los derechos más elementales de la persona y que produce en sus víctimas efectos demoledores. La lucha contra este fenómeno criminal, debe desarrollarse en tres frentes fundamentales que son: la persecución del delito, la prevención de estas conductas y la protección de las víctimas. La dispersa y fragmentaria regulación de estas últimas en nuestro ordenamiento jurídico, constituye un importante escollo para su eficaz aplicación.

El delito de trata de seres humanos fue introducido en nuestro Código Penal por la Ley Orgánica 5/10, de 22 de junio (LA LEY 13038/2010), que vino a incorporar un nuevo Título VII bis bajo la rúbrica «De la trata de seres humanos», integrado únicamente por el artículo 177bis (LA LEY 3996/1995). El precepto fue posteriormente reformado por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 marzo (LA LEY 4993/2015), que le dio la redacción actualmente vigente.

El nuevo delito de abandono del lugar del accidente y otras importantes novedades de la inminente reforma del Código Penal en materia de imprudencia. Por Pablo Lanzarote Martínez.

I. INTRODUCCIÓN: ALCANCE Y JUSTIFICACIÓN DE LA REFORMA

1. Alcance

Según se expresa en el Preámbulo de la Proposición de Ley Orgánica (LO) tres son las novedades que introduce en nuestro Código Penal (CP) su inminente reforma:

1º. Tipifica un nuevo delito que nomina de «abandono del lugar del accidente».

2º. Introduce criterios ex lege o de interpretación auténtica para la calificación de la imprudencia grave y de la menos grave en base a la comisión, previa al resultado de muerte o lesiones, de un delito de riesgo, en el primer caso, o de una infracción a la legislación de tráfico y seguridad vial, en el segundo, y 

El fiscal jefe del Campo de Gibraltar: «Sin medios vamos camino del desastre».

«Vamos camino del desastre», sentencia el fiscal jefe del Campo de Gibraltar, Juan Cisneros, que lleva casi dos décadas luchando contra los narcos. «Hay muchos más policías y guardias civiles, se han producido miles de incautaciones de droga, decenas de detenidos y todos los clanes importantes están desmantelados, pero precisamente por eso se ha formado un cuello de botella. Necesitamos muchos más órganos judiciales».

Cisneros desgrana la situación del Campo de Gibraltar desde el punto de vista jurídico, los grandes anuncios y las promesas aún sin materializarse. Cuando se diseñó el plan especial para esta zona, tomada por el crimen organizado, junto a las medidas policiales se anunciaron una serie de decisiones judiciales concretas: una plaza más en la Audiencia, es decir, un magistrado, tres nuevos juzgados de Instrucción o de Primera Instancia e Instrucción en Algeciras, La Línea y San Roque, y un juzgado de lo Penal.

Comunicado de los Vocales de la lista de la Asociación de Fiscales. Febrero de 2019.

Queridos compañeros:

Los Vocales de la lista de la Asociación de Fiscales queremos informaros de las cuestiones más relevantes que fueron tratadas en el Pleno del Consejo Fiscal celebrado el pasado miércoles 6 de febrero.

1. CONVOCATORIA COMISIÓN DE SERVICIO EN LA FISCALÍA DE LA AUDIENCIA NACIONAL

Tres de los cinco Vocales de la lista de la Asociación de Fiscales informaron de modo favorable el nombramiento de la Ilma. Sra. Dña. Ana Isabel Vargas Gallego, Fiscal con destino en Madrid, mientras que los otros dos lo hicieron en favor de Dña. María Ángeles González Roldán, Fiscal de la Fiscalía Provincial de Sevilla, quien resultó ser la propuesta por la Fiscal General del Estado para ocupar plaza en comisión de servicios en la Fiscalía de la Audiencia Nacional. Esta candidata contó también con el apoyo de tres Vocales de la UPF y de los los dos consejeros natos. El cuarto Vocal de la UPF dio su voto a la Ilma. Sra. Dña. Virna Alonso Fernández, Fiscal de la Fiscalía provincial de Madrid.

El Estado de Derecho y las garantías del proceso penal en España son indiscutibles a día de hoy. Por Luis Anguita.

La independencia judicial es la base de un Estado de Derecho y de un proceso penal garantista, donde no haya otra dependencia que al imperio de la Ley.

Un Estado de Derecho debe de tener su límite en la Ley, siendo la Constitución la norma fundamental, que garantice los derechos fundamentales e impida, mediante el control de la constitucionalidad de la norma, leyes que puedan ser contrarias a la Constitución.

La independencia judicial se recoge en varios artículos de nuestra Carta Magna, como el artículo 117, cuando establece:

El momento del Supremo. Por Álvaro Redondo Hermida.

El comienzo del juicio oral, en relación con los acontecimientos de Barcelona transcurridos en octubre de 2017, representa un momento distinto y remarcable dentro de la larga trayectoria de nuestro más alto tribunal. Creado por la Constitución de Cádiz de 1812, que lo llamó Supremo Tribunal de Justicia, denominación que conserva en países iberoamericanos, tenía por objeto conocer de recursos y juzgar a ministros y magistrados. Dos siglos han pasado, durante los cuales fue ampliando sus competencias, para convertirse en piedra angular de nuestro sistema. Sin embargo, es importante observar que la Constitución gaditana creó el Tribunal Supremo para juzgar delitos cometidos por determinadas personas, y no sólo para revisar sentencias de otras cortes.

La plural integración del Tribunal Supremo asegura una amplia visión del Derecho. Algunos de sus miembros son jueces de carrera, otros vienen seleccionados entre profesores de Universidad, fiscales y jurisconsultos de procedencias diversas. El prestigio de sus resoluciones ha hecho palidecer los ensayos académicos, tan importantes en otros países que incluso se citan directamente en los tribunales, como fuente complementaria del Derecho. Las sentencias del Tribunal Supremo de España constituyen el eje nuclear de nuestra doctrina jurídica, y la mayor parte de los autores procuran sostener sus postulados con pronunciamientos del Alto Tribunal, sin cuyo apoyo quedan huérfanos de aceptación. En muchas ocasiones, los escritos de acusación y defensa sólo contienen referencias a la ley y sentencias del Supremo, mediante las cuales se alcanza el necesario peso doctrinal.

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